alegaciones decreto

Desde NOMADAS ya hemos presentado nuestras alegaciones como usuarios y también como empresa del sector del caravaning, al borrador de Decreto publicado por la Consejería de Cultura, Política Lingüística y Turismo para la Ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas.

En la regulación de esta actividad concurren ámbitos competenciales y materiales diferentes, que de forma necesaria deben de conciliarse. Las Comunidades Autónomas tienen la competencia exclusiva en materia de turismo, que incluye, en todo caso, la ordenación, la planificación y la promoción del sector turístico. Por otro lado, los municipios tienen potestad normativa dentro de sus competencias para la ordenación del estacionamiento de autocaravanas dentro de su ámbito territorial.

En NOMADAS promovemos la ordenación y regulación de este tipo de turismo, pero siempre bajo un marco igualitario e inclusivo, tomando en consideración a todas las partes interesadas (empresas, usuarios, ayuntamientos, ciudadanos, etc.) y la realidad del turismo actual.

Nuestras alegaciones, de manera resumida han sido:

  • Intentamos explicar y dejar claro las diferencias entre estacionar y acampar, así como entre una zona de estacionamiento reservado para autocaravanas y un área especial de acogida de autocaravanas en tránsito. Un estacionamiento o aparcamiento no es un establecimiento turístico.
  • En un aparcamiento o zona de estacionamiento sí se puede limitar la estancia a 48h, pero en ningún caso en un área de acogida de autocaravanas en tránsito. No tiene ningún sentido.
  • Ajustar los requerimientos en cuanto a conexión eléctrica e identificación de viajeros. No todas las plazas de aparcamiento en un área de autocaravanas precisan tener conexión eléctrica. Además la obligatoriedad del control de viajeros debe de ser eliminada. No se requiere en otras Comunidades Autónomas e implica unos requisitos que hacen imposible la competencia con otro tipo de establecimientos.
  • No se puede limitar la capacidad máxima de las áreas de autocaravanas a únicamente 30 plazas. Esto hace inviable económicamente cualquier proyecto público/privado para la creación de áreas de autocaravanas. Por otro lado, tampoco vemos adecuado establecer un mínimo de 5 plazas. Se limita a pequeños negocios turísticos (granjas, llagares, agricultores, artesanos, etc.) que quieran añadir servicios en su oferta con algunas plazas para autocaravanas. Muchas veces en el sector rural es necesario diversificar vías de ingresos para asegurar la subsistencia de los negocios. En el caso de los campamentos turísticos no existe limitación alguna.
  • Correcta definición de lo que implica que una autocaravana esté acampada o no.

Lo más importante que nos gustaría reseñar es que este borrador de Decreto no da solución al crecimiento exponencial del sector. Las condiciones impuestas evitan la creación de iniciativas público/privadas que promuevan áreas de acogida de autocaravanas, dado que bajo estas condiciones no serán viables económicamente.

Con este borrador se está haciendo que miles de personas pasen de largo y no paren en nuestra Comunidad Autónoma y se vayan a gastar dinero en Comunidades vecinas que si entienden el caravaning como una oportunidad de crear riqueza.

Desde aquí también nos gustaría transmitir nuestro apoyo y agradecimiento a asociaciones como ASEICAR (pinchar para ver enlace) y CAPA (pinchar para ver enlace), por las acciones que están tomando para evitar que este borrador sea publicado tal y como está.

En el siguiente enlace podéis descargar el borrador y ver las instrucciones para presentación de alegaciones. Se puede hacer presencialmente o telemáticamente con vuestro certificado digital.

Cualquier usuario o empresa que necesite ayuda para presentar sus alegaciones, por favor, poneros en contacto con nosotros a través del correo  info@nomadaslife.es y os ayudaremos en todo lo que nos sea posible. Entre todos podemos cambiar esto!

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